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Negativa a aceptar un plan de parto

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Negativa a aceptar un plan de parto Empty Negativa a aceptar un plan de parto

Mensaje por Invitado Jue Mar 18, 2010 4:04 am

Las peticiones contenidas en los planes de parto o cartas de Consentimiento Informado presentadas en un hospital suelen coincidir con las recomendaciones de la OMS para atención al parto normal y deberían por tanto ofrecerse a todas las mujeres, tanto si lo solicitan como si no. El hecho de tener que pedirlo expresamente ya es lamentable, pero así están las cosas hoy en día para las mujeres en los hospitales españoles.

Cuando una mujer redacta un plan de parto o Consentimiento Informado no hace mas que ejercer el derecho que le garantiza la Ley Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica, de noviembre de 2002, que en su articulado dice expresamente que:

2. “Toda actuación en el ámbito de la sanidad requiere el previo consentimiento de los pacientes o usuarios. El consentimiento debe obtenerse después de que el paciente reciba una información adecuada”; y “El paciente o usuario tiene derecho a decidir libremente, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles.”

4. Todo paciente o usuario tiene derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos determinados en la Ley [estos casos son excepciones que no vienen al caso en la atención al parto normal]. Su negativa al tratamiento constará por escrito [en todo caso, tenéis derecho a hacer constar vuestra negativa por escrito].

6. Todo profesional que interviene en la actividad asistencial está obligado no sólo a la correcta prestación de sus técnicas, sino al cumplimiento de los deberes de información y documentación clínica, y al respeto de las decisiones adoptadas libre y voluntariamente por el paciente.”

La ley habla con toda claridad ¿verdad? Eso quiere decir que el hospital no puede proponer el alta obligatoria a una mujer por haber elegido una de esas opciones clínicas. Pero por si hubiera dudas, el artículo 2l de la misma ley dice expresamente que:

“[...] el hecho de no aceptar el tratamiento prescrito no dará lugar al alta forzosa cuando existan tratamientos alternativos. Estas circunstancias quedarán debidamente documentadas”.

Además, al consistir principalmente esa elección en negarse a determinadas intervenciones como parir tumbada en un potro o a que a una le administren oxitocina sintética, es imposible una negativa basada en que tal opción clínica «no existe». A mi entender, los sanitarios que se negaran a atender a una mujer por haber elegido determinadas opciones estarían incurriendo en un delito de denegación de auxilio.

Enviar un plan de parto al hospital pidiendo que sea incorporado al historial tiene la misma validez que cualquier otra forma de manifestación de la voluntad, con la ventaja adicional de permitir la constancia documental, pero esa voluntad podría expresarse de forma verbal y ser igualmente válida. El hospital esta obligado a respetar la legislación sanitaria, y por lo tanto a respetar el derecho de las mujeres a elegir libremente entre las opciones disponibles. No tienen capacidad para denegar las peticiones de las mujeres, pues no les estamos pidiendo una gracia ni un favor, como algunos piensan, sino algo a lo que tenemos derecho.

En todo caso, si el personal sanitario se opusiese, tenemos derecho a que la negativa conste por escrito y sugiero pedir el amparo del Defensor del Paciente y presentar una queja ante la Consejería de Sanidad de nuestra comunidad autónoma y Servicios de Calidad Asistencial correspondientes. También me parece conveniente ponerlo en conocimiento del Instituto de la Mujer y cualesquiera otras organizaciones de defensa de las mujeres, ya que este tipo de trato es discriminatorio pues no se da ni con tanta frecuencia ni con tanta gravedad en otros ámbitos de la medicina en que los usuarios también pueden ser hombres. Por supuesto, tenemos derecho a presentarnos de parto en ese centro y negarnos a todas las intervenciones que no deseemos. Esto puede suponer un problema para la madre y el acompañante desde el punto de vista emocional, e incluso interferir en el buen transcurso del parto, pero desde el punto de vista legal es totalmente legítimo. También podemos ir a otro centro.
En el caso de las aseguradoras privadas, deberemos quejarnos igualmente ante los responsables de atención al cliente y, por supuesto, darnos de baja de inmediato y explicar por qué lo hemos hecho. Sugiero a todas las embarazadas que consulten a su aseguradora sobre la posibilidad de tener un parto natural y os señalen de qué profesionales y centros disponen a tal fin. Si no son capaces de señalaros alguno u os dicen que todos cumplen las recomendaciones de la OMS y esto no coincide (como no coincidirá) con lo que os han dicho los ginecólogos con los que os habéis entrevistado, daos igualmente de baja. Hay algunas pólizas que os permiten contratar a cualquier profesional que elijáis, ajeno a la aseguradora, y la compañía os reembolsa un porcentaje determinado de su factura (normalmente ronda el 80 %). Esta opción puede ser muy interesante, ya que podríais contratar a una comadrona o ginecólogo de vuestra confianza y parir acompañada por él o ella en el lugar que deseéis, tanto en clínica como en casa.


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Negativa a aceptar un plan de parto Empty Re: Negativa a aceptar un plan de parto

Mensaje por ceciliavg Jue Mar 18, 2010 11:15 am

Very Happy
ceciliavg
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Localización : LA LAGUNA-TENERIFE
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Negativa a aceptar un plan de parto Empty Re: Negativa a aceptar un plan de parto

Mensaje por Noe (Ariadnna) Jue Mar 18, 2010 1:05 pm

Esta muy bien conocer todas estas cosas Smile
Muchas gracias por la info
Noe (Ariadnna)
Noe (Ariadnna)

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http://ariadnna-mispequeostesoros.blogspot.com/

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Negativa a aceptar un plan de parto Empty Re: Negativa a aceptar un plan de parto

Mensaje por Invitado Jue Mar 18, 2010 7:04 pm

Smile

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Negativa a aceptar un plan de parto Empty Re: Negativa a aceptar un plan de parto

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